Calculadora de CTS en Perú
Perú · LaboralCalcula tu CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) en Perú, régimen laboral general privado: cuánto te corresponde por un semestre completo o por meses y días. Incluye la asignación familiar, los pagos variables y 1/6 de la última gratificación en la remuneración computable.
¿Cómo se calcula?
CTS = remuneración computable ÷ 12 × meses completos + remuneración computable ÷ 360 × días. La remuneración computable es tu remuneración básica, más la asignación familiar si la recibes (10% de la RMV, S/ 113 con la RMV vigente de S/ 1 130), más el promedio mensual de los pagos variables habituales, más 1/6 de la última gratificación ordinaria (sin la bonificación extraordinaria). Los depósitos ordinarios son en mayo (período noviembre–abril) y en noviembre (período mayo–octubre); si termina la relación laboral se paga la CTS trunca del período en curso. El cálculo aplica al régimen laboral general privado: las microempresas y pequeñas empresas tienen reglas propias. Es una estimación orientativa, no un cálculo oficial.
Ejemplos
Semestre completo: remuneración S/ 3 000 y gratificación de S/ 3 000 (mayo–octubre 2026)
Remuneración computable S/ 3 500 (S/ 3 000 + 1/6 de la gratificación). CTS del semestre: S/ 1 750.
Con asignación familiar, S/ 200 variables y 3 meses y 15 días
Remuneración computable S/ 3 865,17. CTS: S/ 966,29 por 3 meses más S/ 161,05 por 15 días = S/ 1 127,34.
Cómo se calcula la CTS
La CTS de un semestre completo equivale a la mitad de tu remuneración computable. Si trabajaste menos tiempo, se calcula un doceavo por cada mes completo y un 360avo por cada día adicional.
La fórmula es: remuneración computable ÷ 12 × meses completos + remuneración computable ÷ 360 × días. Por eso un semestre de seis meses da exactamente medio sueldo computable, y cinco meses y medio dan un poco menos.
Si tu relación laboral terminó, el período en curso se paga como CTS trunca dentro de tu liquidación de beneficios sociales. Puedes ver todo junto en la calculadora de liquidación en Perú, que reutiliza este mismo cálculo.
Qué conceptos forman la remuneración computable
La remuneración computable no es solo tu sueldo básico. Incluye lo que percibes de forma regular y de libre disposición; estos son los componentes que considera la calculadora:
- Remuneración básica mensual.
- Asignación familiar, si la recibes: el 10 % de la RMV, es decir S/ 113 al mes con la RMV que usa Numelto.
- Pagos variables habituales (horas extra, comisiones, bonos regulares): entran si los recibiste al menos tres meses del semestre; suma lo percibido, divide entre 6 y anota el resultado en el campo de promedio variable.
- Un sexto de la última gratificación ordinaria, sin la bonificación extraordinaria del 9 % o 6,75 %. La gratificación NO entra completa.
- La alimentación principal cuando el empleador te la da en especie (súmala a tu remuneración si es tu caso).
Cuándo depositan la CTS
El depósito se hace en la entidad financiera que elijas. Si la relación laboral termina antes de la fecha de depósito, el empleador paga la CTS trunca del período en curso en tu liquidación.
| Depósito | Período que cubre | Fecha límite |
|---|---|---|
| CTS de mayo | 1 de noviembre a 30 de abril | 15 de mayo |
| CTS de noviembre | 1 de mayo a 31 de octubre | 15 de noviembre |
Ejemplo de cálculo
Semestre completo (mayo a octubre) con remuneración de S/ 3,000 y una última gratificación de S/ 3,000: la remuneración computable es S/ 3,500 (S/ 3,000 más un sexto de la gratificación) y la CTS del semestre es S/ 1,750.
CTS trunca con asignación familiar, S/ 200 de promedio variable y salida el 15 de agosto: la remuneración computable sube a S/ 3,865.17; corresponden 3 meses (S/ 966.29) más 15 días (S/ 161.05), en total S/ 1,127.34. Los importes son ficticios y sirven solo para ilustrar el método.
Después de calcular la CTS
La CTS forma parte de tus beneficios junto con la gratificación de julio y diciembre y las vacaciones. Si además quieres saber cuánto te queda cada mes tras los descuentos, prueba la calculadora de sueldo neto en Perú.
Fuentes
- MTPE / SUNAFIL — Beneficios sociales del régimen laboral privado: CTS, gratificaciones, vacaciones, horas extra y despido arbitrario — vigente desde enero de 1997 · revisado el 25 de septiembre de 2026
- MTPE — Remuneración Mínima Vital: S/ 1 130 (Decreto Supremo 006-2024-TR, vigente desde el 1 de enero de 2025) — vigente desde enero de 2025 · revisado el 25 de septiembre de 2026