Calculadora de utilidades para trabajadores
Ecuador · LaboralCalcula tu participación en las utilidades en Ecuador: el 15% de la utilidad líquida de la empresa, repartido 10% en proporción a los días trabajados y 5% según cargas familiares. Sirve como simulador si conoces —o pides a tu empresa— los datos globales.
¿Cómo se calcula?
El empleador reconoce el 15% de la utilidad líquida a favor de sus trabajadores (art. 97 del Código del Trabajo). El 10% se distribuye entre todos los trabajadores en proporción a los días trabajados: parte del 10% = (10% de la utilidad × días trabajados por ti) ÷ días trabajados por todos los trabajadores. El 5% se distribuye en proporción a las cargas familiares (cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años e hijos con discapacidad de cualquier edad): Factor A = tus días trabajados × tu número de cargas; Factor B = la suma de los factores A de todos los trabajadores; parte del 5% = (5% de la utilidad × Factor A) ÷ Factor B. Total = parte del 10% + parte del 5%. Lo que recibe un trabajador tiene un tope de 24 salarios básicos unificados (USD 11.568 con el SBU de 2026). Para calcularlo necesitas datos de toda la empresa que solo ella conoce: la utilidad líquida, el total de días trabajados y el Factor B. Esta calculadora es un simulador; el valor real lo determina el empleador con su liquidación de utilidades.
Ejemplos
Utilidad de USD 100.000, tú con 360 días y 2 cargas; empresa con 36.000 días y Factor B de 50.000
Repartible USD 15.000. Parte del 10%: USD 100. Factor A = 720; parte del 5%: USD 72. Total: USD 172.
Cómo se reparte el 15 % de las utilidades
El 10 % se reparte entre todos los trabajadores según los días trabajados y el 5 % según las cargas familiares. Lo que recibes no puede superar 24 salarios básicos unificados.
Con una utilidad líquida de USD 100.000, 360 días trabajados de un total de 36.000 y 2 cargas (Factor B de 50.000): parte del 10 % USD 100,00, parte del 5 % USD 72,00, total USD 172,00. Datos ficticios. Las cargas son el cónyuge o conviviente, los hijos menores de 18 años y los hijos con discapacidad de cualquier edad.
Para saber qué pedir a tu empresa: la utilidad líquida, el total de días trabajados y el Factor B. Las utilidades no se incluyen en la base del décimo tercero y sí se pagan aparte de tu sueldo neto.
| Parte | Criterio de reparto |
|---|---|
| 10 % | Tus días trabajados ÷ días trabajados por todos |
| 5 % | Factor A (tus días × tus cargas) ÷ Factor B (suma de los factores A de la empresa) |
Fuentes
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano — Código del Trabajo: décimo tercer y cuarto sueldo, vacaciones, desahucio, despido intempestivo, horas suplementarias y extraordinarias y utilidades — vigente desde enero de 2026 · revisado el 25 de septiembre de 2026
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano — Salario Básico Unificado 2026: USD 482 (Acuerdo Ministerial MDT-2025-195, Registro Oficial Suplemento 187 de 18/12/2025) — vigente desde enero de 2026 · revisado el 25 de septiembre de 2026