Calculadora de horas suplementarias y extraordinarias
Ecuador · LaboralCalcula el pago de horas suplementarias (recargo del 50%) y extraordinarias (recargo del 100%) en Ecuador a partir de tu sueldo mensual. Con jornada de 8 horas diarias y 40 semanales, el valor de la hora es el sueldo ÷ 240.
¿Cómo se calcula?
Valor de la hora = sueldo mensual ÷ 30 ÷ horas de la jornada diaria (con 8 horas, sueldo ÷ 240). Horas suplementarias: las que se trabajan después de la jornada ordinaria hasta las 24:00; se pagan con recargo del 50% (valor hora × 1,5). Están limitadas, como regla general, a 4 horas por día y 12 por semana. Horas extraordinarias: las trabajadas en días de descanso obligatorio (sábados y domingos cuando son descanso), en feriados y, dentro de un día laborable, entre las 24:00 y las 06:00; se pagan con recargo del 100% (valor hora × 2). Pago = horas × valor hora × (1 + recargo). Puedes ingresar fracciones de hora (1,5 horas). Jornada general: 8 horas diarias y 40 semanales; jornadas especiales o atípicas tienen reglas propias. Es una estimación orientativa, no un cálculo oficial.
Ejemplos
Sueldo USD 960: 10 horas suplementarias y 4 extraordinarias en el mes
Valor hora USD 4. Suplementarias: 10 × USD 6 = USD 60; extraordinarias: 4 × USD 8 = USD 32. Total USD 92.
Horas suplementarias y extraordinarias
El valor de la hora es el sueldo mensual entre 30 y entre las horas de la jornada diaria: con 8 horas, sueldo ÷ 240.
Con un sueldo de USD 960 la hora vale USD 4: 4 horas suplementarias suman USD 24,00 y 2 extraordinarias USD 16,00; total USD 40,00. Datos ficticios. Para ver el efecto en tu rol de pagos, usa el sueldo neto.
| Tipo | Cuándo | Recargo |
|---|---|---|
| Suplementarias | Después de la jornada ordinaria hasta las 24:00 (máximo 4 por día y 12 por semana) | 50 % |
| Extraordinarias | Días de descanso obligatorio, feriados y, en día laborable, entre las 24:00 y las 06:00 | 100 % |
Fuentes
- Ministerio del Trabajo y Desarrollo Humano — Código del Trabajo: décimo tercer y cuarto sueldo, vacaciones, desahucio, despido intempestivo, horas suplementarias y extraordinarias y utilidades — vigente desde enero de 2026 · revisado el 25 de septiembre de 2026