Calculadora de recibo por honorarios en Perú
Perú · AutónomosCalcula la retención del 8% de cuarta categoría sobre un recibo por honorarios en Perú: cuánto te retienen y cuánto recibes, o cuánto debes emitir para recibir un monto líquido. Considera que no hay retención en recibos de S/ 1 500 o menos.
¿Cómo se calcula?
Retención = 8% del monto del recibo por honorarios, que actúa como pago a cuenta del impuesto a la renta de cuarta categoría. Monto líquido = recibo − retención. Para recibir un líquido determinado: recibo = líquido ÷ 0,92. La retención solo la practican los agentes de retención (empresas y entidades designadas por SUNAT) cuando el recibo supera S/ 1 500; no se retiene si el recibo es de S/ 1 500 o menos, si el pagador no es agente de retención o si tienes una suspensión de retenciones vigente (ver la calculadora de suspensión de cuarta categoría). La retención no es el impuesto final: se compensa en tu declaración anual. Es una estimación orientativa, no un cálculo oficial.
Ejemplos
Recibo por honorarios de S/ 10 000 con un agente de retención
Retención del 8%: S/ 800. Recibes S/ 9 200.
Quiero recibir S/ 9 200 líquidos
Debes emitir un recibo de S/ 10 000: retención de S/ 800 y líquido de S/ 9 200.
Recibo de S/ 1 500
Sin retención: el recibo es de S/ 1 500 o menos. Recibes S/ 1 500.
Cuándo te retienen el 8 % en un recibo por honorarios
La retención no es un impuesto adicional: es un pago a cuenta del impuesto a la renta de cuarta categoría y se regulariza en tu declaración anual. Si tus ingresos son bajos, puedes comprobar si te corresponde solicitar la suspensión de retenciones.
| Situación | ¿Hay retención? |
|---|---|
| El pagador es agente de retención y el recibo supera S/ 1,500 | Sí: 8 % del recibo |
| El recibo es de S/ 1,500 o menos | No |
| El pagador no es agente de retención | No |
| Tienes una suspensión de retenciones vigente | No |
De cuánto emitir el recibo para cobrar un monto líquido
Si quieres recibir S/ 9,200 netos, divide entre 0,92: el recibo debe ser de S/ 10,000 y la retención será de S/ 800. Y si emites un recibo de S/ 10,000 a un agente de retención, te retendrán S/ 800 y recibirás S/ 9,200. Datos ficticios.
Fuentes
- SUNAT — Renta de Cuarta Categoría: retención del 8% y recibos por honorarios de S/ 1 500 o menos — vigente desde enero de 2026 · revisado el 25 de septiembre de 2026